Fundación Gloria Fuertes

La Fundación Gloria Fuertes se encuentra acogida al Régimen Fiscal Especial para entidades sin fines lucrativos.
(Ley 49/2002 de 23 de diciembre y RD 1270/2003 de 10 de Octubre).


Tratamiento fiscal de las aportaciones con derecho a desgravación:

Personas Jurídicas: Impuesto de Sociedades. Deducir de la cuota íntegra el 35% de la base de deducción.
Personas Físicas: Impuesto de la Renta. Deducir de la cuota íntegra el 25% de la base de deducción.

La Fundación Gloria Fuertes emitirá certificado de la donación, así como el ejemplar para el donante de la Declaración de Donaciones Recibidas ante la Agencia Tributaria, que se realiza en Enero, para las aportaciones del año anterior.

Usted puede colaborar como:

- Socio Protector: con una cuota anual o semestral del importe que usted decida, que se destinará al cumplimiento de nuestros fines fundacionales.
- Patrocinador: Su colaboración irá destinada a un proyecto concreto. Reedición de obras descatalogadas infantiles de Gloria Fuertes; Premios Gloria Fuertes de Poesía Joven e Infantil; poemarios inéditos; seminarios y congresos; edición de tesis doctorales y ensayos sobre la obra de nuestra escritora, así como proyectos de dimensión social y de apoyo a la infancia.

 

Número de cuenta para donaciones:

CAJA DUERO
2104 3328 70 9137439256




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